Servicios de Convivencia Familiar
El Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial como entidad rectora en discapacidad desarrolla modelos de atención que fortalecen la gestión de servicios que se brindan a las personas con discapacidad, con criterios de calidad, oportunidad y universalidad, para promover la equiparación de oportunidades en las comunidades y proteger los derechos de esta población.
Uno de estos modelos es el Programa “Servicios de Convivencia Familiar”, por medio del cual se brinda atención a personas adultas con discapacidad mayores de 18 años y menores de 65 años, que se encuentren en condición de abandono mediante alternativas familiares de convivencia.
Algunas de estas alternativas son:
Familia Solidaria:
Se constituye por una familia de la comunidad que se solidariza con la situación de una persona con discapacidad y le ofrece su apoyo a lo interno de su núcleo familiar integrando a la persona como un miembro más de la familia, ofreciéndole satisfacción a sus necesidades, apoyo, comprensión y cariño.
Requisitos para ser una Familia Solidaria:
La persona responsable debe:
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Ser costarricense o con cédula de residencia.
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Mayor de 25 años de edad.
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Preferiblemente con experiencia en el cuido de personas con discapacidad, adultos mayores o niños propios.
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Sin antecedentes penales (presentar Certificado del O.I.J)
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Que cuente con redes de apoyo cercanas (familiares o no)
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Con buena aceptación en la comunidad.
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Con experiencia en la participación e integración comunitaria
La vivienda debe:
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Tener adecuadas condiciones de infraestructura, orden e higiene.
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Poseer un espacio para la ubicación de una persona con discapacidad, privado o compartido.
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No pueden vivir más de dos personas por familia
Residencia Privada:
Esta modalidad la puede ofrecer una persona o conjunto de personas interesadas en brindar servicios de albergue y protección a un grupo no menor de siete personas con discapacidad, a quienes deberán garantizarles satisfacción de sus necesidades básicas en un ambiente cálido y familiar, supervisándolas durante las 24 horas del día.
Requisitos para abrir una Residencia Privada:
La persona responsable debe:
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Ser costarricense o contar con cédula de la residencia.
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Ser mayor de 25 años y menor de 55 años de edad.
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Tener experiencia en el cuido de personas con discapacidad, adultos mayores.
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Contar con el Bachillerato en Educación Secundaria (mostrar original y copia de certificado).
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Presentar Curriculum Vitae (Copia de documento de identificación, Original y copia de certificados de estudio, tres cartas de recomendación extendidas por personas costarricenses, original y copia de Certificación de tiempo laborado en trabajos anteriores).
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Sin antecedentes penales (presentar Certificado del O.I.J)
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Realizar una solicitud formal al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, Unidad Gestión de Modelos, indicando su interés de ofrecer servicios residenciales privados a la población con discapacidad.
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Presentarse a una reunión al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial para recibir información sobre el procedimiento y los requisitos.
La vivienda debe:
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Cumplir con lo establecido en el Manual de Normas Establecimientos que brindan Atención para personas con discapacidad en la modalidad de Alternativas Residenciales, Decreto Ejecutivo No. 33122-S, publicado en la Gaceta No 107.