Servicios de Convivencia Familiar

El Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial como entidad rectora en discapacidad desarrolla modelos de atención que fortalecen la gestión de servicios que se brindan a las personas con discapacidad, con criterios de calidad, oportunidad y universalidad, para promover la equiparación de oportunidades en las comunidades y proteger los derechos de esta población.

Uno de estos modelos es el Programa “Servicios de Convivencia Familiar”, por medio del cual se brinda atención a personas adultas con discapacidad mayores de 18 años y menores de 65 años, que se encuentren en condición de abandono mediante alternativas familiares de convivencia.

Algunas de estas alternativas son:

Familia Solidaria:

Se constituye por una familia de la comunidad que se solidariza con la situación de una persona con discapacidad y le ofrece su apoyo a lo interno de su núcleo familiar integrando a la persona como un miembro más de la familia, ofreciéndole satisfacción a sus necesidades, apoyo, comprensión y cariño.

Requisitos para ser una Familia Solidaria:

La persona responsable debe:

  • Ser costarricense o con cédula de residencia.

  • Mayor de 25 años de edad.

  • Preferiblemente con experiencia en el cuido de personas con discapacidad, adultos mayores o niños propios.

  • Sin antecedentes penales (presentar Certificado del O.I.J)

  • Que cuente con redes de apoyo cercanas (familiares o no)

  • Con buena aceptación en la comunidad.

  • Con experiencia en la participación e integración comunitaria

La vivienda debe:

  • Tener adecuadas condiciones de infraestructura, orden e higiene.

  • Poseer un espacio para la ubicación de una persona con discapacidad, privado o compartido.

  • No pueden vivir más de dos personas por familia

Residencia Privada:

 

Esta modalidad la puede ofrecer una persona o conjunto de personas interesadas en brindar servicios de albergue y protección a un grupo no menor de siete personas con discapacidad, a quienes deberán garantizarles satisfacción de sus necesidades básicas en un ambiente cálido y familiar, supervisándolas durante las 24 horas del día.

 

Requisitos para abrir una Residencia Privada:

La persona responsable debe:

  • Ser costarricense o contar con cédula de la residencia.

  • Ser mayor de 25 años y menor de 55 años de edad.

  • Tener experiencia en el cuido de personas con discapacidad, adultos mayores.

  • Contar con el Bachillerato en Educación Secundaria (mostrar original y copia de certificado).

  • Presentar Curriculum Vitae (Copia de documento de identificación, Original y copia de certificados de estudio, tres cartas de recomendación extendidas por personas costarricenses, original y copia de Certificación de tiempo laborado en trabajos anteriores).

  • Sin antecedentes penales (presentar Certificado del O.I.J)

  • Realizar una solicitud formal al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, Unidad Gestión de Modelos, indicando su interés de ofrecer servicios residenciales privados a la población con discapacidad.

  • Presentarse a una reunión al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial para recibir información sobre el procedimiento y los requisitos.

La vivienda debe:

  • Cumplir con lo establecido en el Manual de Normas Establecimientos que brindan Atención para personas con discapacidad en la modalidad de Alternativas Residenciales, Decreto Ejecutivo No. 33122-S, publicado en la Gaceta No 107.